Fase beta - Innovando contigo.

6/26/2024

Actualización normativa sobre Activos Virtuales en Bolivia

Actualización Normativa

El Banco Central de Bolivia (BCB) ha actualizado la normativa que regula el uso de activos virtuales en el país. Esta actualización permite ahora utilizar canales y herramientas electrónicas para comprar y vender estos activos. La decisión se tomó en coordinación con las principales entidades financieras y de investigación del país para mejorar la seguridad y la transparencia de estas operaciones. Sin embargo, se enfatiza que el único dinero oficial en Bolivia sigue siendo el Boliviano, y que los riesgos de usar activos virtuales deben ser asumidos por los usuarios.

Overview

  • Normativa Actualizada. El BCB implementó la Resolución de Directorio N°082/2024.
  • Objetivo. Levantar las prohibiciones de uso y circulación de Activos Virtuales.
  • Coordinación. Realizada con ASFI y UIF.
  • Recomendaciones. Basada en las sugerencias del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT).
  • Uso Permitido. Canales y herramientas electrónicas para transacciones de criptoactivos.

Contexto de la Nueva Normativa

El Banco Central de Bolivia (BCB), en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), ha implementado una actualización normativa significativa respecto al uso de activos virtuales en el país mediante la Resolución de Directorio N°082/2024.

Antecedentes Normativos

  • Resolución de Directorio N°044/2014. En mayo de 2014, el BCB emitió la Resolución de Directorio N°044/2014, que prohibía el uso de monedas y denominaciones monetarias no reguladas en el ámbito del sistema de pagos nacionales.
  • Resolución de Directorio N°144/2020. En diciembre de 2020, el BCB emitió la Resolución de Directorio N°144/2020, que prohibía a las entidades reguladas del sector financiero el uso de criptomonedas. Esta prohibición dificultaba el acceso del público en general a la compra y venta de criptoactivos, ya que las entidades financieras no podían administrar estos activos.
  • Resolución de Directorio N°082/2024. El 25 de junio de 2024, el BCB derogó la Resolución de Directorio N°144/2020 y habilitó el uso de Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para operaciones de compra y venta de activos virtuales. Esta decisión se basó en las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y en la necesidad de modernizar el sistema de pagos del país.

Normativa Accesoria 

La implementación de esta nueva normativa principal vendrá acompañada de regulaciones accesorias para garantizar una correcta aplicación y protección del consumidor. Estas regulaciones accesorias deberían alinearse con los mejores estándares internacionales, tales como los establecidos por organizaciones como la Financial Action Task Force (FATF) y otros organismos reguladores globales.

  • Reglamentación Detallada. Se espera que las futuras normativas accesorias incluyan regulaciones detalladas sobre la operación de las entidades financieras y plataformas de intercambio de criptoactivos, asegurando transparencia y protección para los usuarios. Estas regulaciones podrían incluir requisitos específicos sobre la autorización y funcionamiento de las plataformas de criptoactivos, así como la obligación de implementar medidas de seguridad robustas.
  • Defensa del Consumidor. La normativa accesoria también contemplará la protección del consumidor, estableciendo medidas para evitar fraudes y prácticas engañosas. Esto incluirá mecanismos claros para la resolución de disputas, derechos de los consumidores y procedimientos de compensación en caso de problemas con las transacciones de criptoactivos.
  • Seguridad de las Transacciones. Con el objetivo de garantizar la seguridad de las transacciones digitales, se adoptarán protocolos de seguridad y medidas preventivas para detectar y prevenir actividades ilícitas. Estos protocolos se alinearán con los estándares internacionales de lucha contra el lavado de dinero (AML) y financiamiento del terrorismo (CFT), asegurando que las transacciones sean seguras y confiables.
  • Educación Financiera. Finalmente, la educación financiera será un pilar fundamental para asegurar un uso informado y responsable de los activos virtuales. Se desarrollarán programas educativos para que la población comprenda los riesgos y beneficios asociados a estos activos, promoviendo así una cultura financiera sólida.
  • Educación Financiera. Finalmente, la educación financiera será un pilar fundamental para asegurar un uso informado y responsable de los activos virtuales. Se desarrollarán programas educativos para que la población comprenda los riesgos y beneficios asociados a estos activos, promoviendo así una cultura financiera sólida.

Transacciones con Activos Virtuales

Con la nueva normativa, se pueden realizar varias transacciones utilizando activos virtuales, tales como:

  • Compra y Venta de Bienes y Servicios: Utilizar criptomonedas para adquirir productos en tiendas físicas o en línea.
  • Transferencias Internacionales: Enviar y recibir dinero a nivel internacional de manera rápida y con menores costos.
  • Inversiones: Invertir en diferentes tipos de criptoactivos, buscando diversificar y potencialmente aumentar el valor del portafolio de inversiones.

Conclusión

La actualización normativa sobre activos virtuales en Bolivia introduce un marco legal que permitirá a las empresas y usuarios explorar nuevas oportunidades en el mercado de criptoactivos.

En Legalty, estamos comprometidos a seguir de cerca estos desarrollos regulatorios y tecnológicos para ofrecer soluciones que cumplan con las normativas vigentes y aprovechen las innovaciones del sector.

Nuestra misión es proporcionar a nuestros clientes las herramientas y conocimientos necesarios para navegar con confianza en este nuevo entorno financiero digital.

Artículos relacionados

Actualización Normativa

NextUI hero Image with delay

Actualización normativa sobre Activos Virtuales en Bolivia

6/26/2024

Conoce la actualización normativa del Banco Central de Bolivia (BCB) sobre el uso de activos virtuales en el territorio nacional.